Bahamas: constitución de sociedades y confidencialidad patrimonial.


Una de las primeras preguntas que nos hacen los inversionistas que llegan pensando en Bahamas es casi siempre la misma: "¿sigue siendo tan confidencial como dicen?" Es una pregunta justa, y la respuesta honesta tiene matices que vale la pena explicar antes de que alguien constituya ahí esperando algo que ya no existe —o, al contrario, descarte la jurisdicción por una reputación de los años 90 que tampoco aplica hoy.
Lo que Bahamas realmente ofrece en 2026.
Bahamas sigue siendo una de las jurisdicciones con fiscalidad más simple del mundo: no cobra impuesto sobre la renta corporativa, no cobra impuesto sobre ganancias de capital, no retiene impuestos sobre dividendos, y no existe impuesto sobre el patrimonio ni sobre herencias. Esto aplica a la inmensa mayoría de las empresas que se constituyen ahí. La única excepción —y vale la pena mencionarla porque un cliente informado siempre pregunta por ella— es el impuesto mínimo global del 15% que Bahamas adoptó en 2024 siguiendo el marco de la OCDE, pero que solo alcanza a grupos multinacionales con ingresos superiores a 750 millones de euros. Para un empresario, un inversionista individual o incluso un grupo empresarial mediano, la carga sigue siendo del 0%.
Sobre la confidencialidad: Bahamas mantiene un registro de beneficiarios finales desde 2018, pero —a diferencia de jurisdicciones como el Reino Unido— ese registro no es público. La información existe, los agentes registrados la resguardan, y las autoridades pueden acceder a ella bajo solicitud formal o en el marco de los acuerdos de intercambio de información que Bahamas ha firmado. Es decir: confidencialidad frente al público general, sí; opacidad frente a las autoridades fiscales con las que Bahamas tiene acuerdos, no. Esa distinción es exactamente la que separa una estructura legítima de una mal diseñada.
El error que vemos con más frecuencia.
El error más común no es elegir mal la jurisdicción —es llegar a ella con la expectativa equivocada. Algunos clientes imaginan una confidencialidad absoluta que ya no existe en ningún lugar del mundo desde que el estándar CRS conectó a más de 100 países; otros, por el contrario, descartan Bahamas pensando que "ya no sirve para nada" porque escucharon sobre el nuevo impuesto del 15%, sin saber que ese impuesto no los alcanza a ellos.
Por eso, cuando alguien nos busca pensando en Bahamas, lo primero que hacemos no es confirmar o descartar la jurisdicción —es entender qué está tratando de proteger realmente: ¿es su operación diaria la que necesita un vehículo simple y de bajo costo fiscal? ¿Es su patrimonio personal el que necesita separarse del riesgo del negocio? ¿O es la discreción frente a terceros —no frente a autoridades— lo que más le importa? Cada respuesta apunta a un diseño distinto, aunque la jurisdicción final termine siendo la misma.
Para quién tiene sentido.
Bahamas suele encajar bien para estructuras relativamente simples: una sociedad internacional (IBC) que sostiene inversiones, posee un activo específico, o actúa como vehículo intermedio dentro de una arquitectura más amplia. Es rápida de constituir, con costos de mantenimiento bajos comparada con jurisdicciones europeas, y sin la carga de reportes que exigen estructuras más complejas como un family office o una fundación patrimonial. No es, en cambio, el lugar ideal si lo que buscas es una red extensa de tratados fiscales con tu país de residencia —Bahamas no tiene tratados de doble tributación en vigor, solo acuerdos de intercambio de información— así que esa pieza del rompecabezas hay que resolverla con otra parte de la estructura, no esperando que Bahamas la cubra.
¿Bahamas realmente encaja con lo que necesitas proteger, o solo suena bien por su reputación? Con el Análisis ARX evaluamos tu situación real antes de recomendarte cualquier jurisdicción —para que la estructura responda a lo que necesitas resolver, no a lo que escuchaste de alguien más.
ARX | Consultoría Patrimonial Privada.


